¿Qué pasa a la muerte de una persona con las cuentas activas que tenga con prestadores de servicios digitales?
Testamento y voluntades digitales
Por testamento, el interesado puede disponer sus voluntades digitales para el caso de muerte, en las que establecerá aquello que el heredero, o el albacea u otra persona que designe, haya de ejecutar; ya sea comunicar a los prestadores de servicios digitales la defunción, solicitar que se cancelen las cuentas activas, o solicitar que se le entreguen las copias de los archivos digitales que estén en los servidores.
A no ser que el testador lo haya autorizado, o en su caso el juez, no se puede tener acceso a los contenidos de sus cuentas y archivos digitales.
En caso de que no se hayan efectuado estas voluntades digitales, serán el heredero o el albacea quienes podrán igualmente comunicar a los prestadores de servicios digitales la defunción y solicitar la cancelación de las cuentas activas.
En BUFET FERRER FLORES ADVOCATS, ubicado en Girona, somos especialistas en derecho sucesorio, y le podremos asesorar sobre todas aquellas cuestiones que se le planteen en el momento de otorgar testamento.